viernes, 2 de noviembre de 2007

CONTRATO DE PERMUTA

Permuta

La permuta es un contrato por el cual cada uno de los contratantes se obliga a dar una cosa para recibir otra. Es el contrato que sirve para regular el trueque.

También puede ser el contrato por el cual uno de los contratantes se obliga a entregar una parte en una cosa y la otra en dinero, pero cabe aclarar que en algunas legislaciones, si la parte en numerario es superior o igual al valor de la cosa, el contrato será de compraventa; si el valor de la cosa es mayor que la cantidad de dinero, el contrato es de permuta.

La permuta es la forma primitiva de intercambio entre los hombres; históricamente, es el antecedente de la compraventa que supone la existencia de moneda y por consiguiente un grado de organización social más avanzado. Se trata de la primera manifestación natural del comercio.

Anteriormente a la introducción del dinero, el trueque era la única manera de intercambiar bienes. El trueque presenta varios problemas, principalmente limitaciones de tiempo. Cuando el intercambio es frecuente, los sistemas de trueque encuentran rápidamente la necesidad de tener algún bien con propiedades monetarias.

Características del contrato

La permuta es un contrato:

  • Traslativo de dominio: Sirve para transmitir la propiedad.
  • Principal.
  • Bilateral.
  • Oneroso: Es necesario un intercambio y si no sería uno de donación de bienes.
  • Conmutativo (generalmente): Ambas partes suelen tener las mismas obligaciones y derechos.
  • Aleatorio por excepción.
  • Instantáneo o de tracto sucesivo.
  • Consensual: El contrato se perfecciona por el mero consentimiento, aunque en algunos casos haga falta cumplir formalidades para hacer frente a las obligaciones que nacen del contrato (por ejemplo, escriturar un bien inmueble).

Obligaciones de las partes

  1. Transferir la propiedad de las cosas o derecho permutados.
  2. Entregar la cosa (posesión).
  3. Responder por los vicios ocultos.
  4. Garantizar una posición pacífica.
  5. Responder de la evicción.
  6. Pagar la parte que corresponda por Ley de los gastos de escritura y registro (salvo pacto en contrario).
  7. Pagar los impuestos que correspondan por Ley.

Relación con la compraventa [

La permuta se perfecciona por el mero consentimiento de las partes de la misma manera que en el contrato de compraventa. Se distingue de éste, porque en el contrato de venta la cosa es cedida a cambio de un precio establecido en dinero.

Otra distinción es que mientras que en la compraventa existen dos partes diferenciadas: comprador y vendedor, con distintas obligaciones, en la permuta las dos partes están en igualdad de condiciones.

CONTRATO DE MUTUO

MUTUO

El contrato de mutuo, es un instrumento jurídico por medio del cual una persona llamada MUTUANTE se obliga a transferir la propiedad de una suma de dinero o de otras cosas fungibles a otra persona llamada MUTUATARIO, quien se obliga a devolver otro tanto de la misma especie y calidad.

Tenemos entonces que el CONTRATO DE MUTUO, se divide en dos:

Mutuo Simple

Mutuo con Interés

Es un contrato eminentemente traslativo de dominio, ya que su definición instruye en la conceptualización de la transferencia de la propiedad de una cantidad o cantidades en numerario así como de los bienes fungibles.

Tenemos que este contrato contiene las siguientes características:

Es un contrato principal, ya que tiene existencia propia y no necesita de ningún otro instrumento jurídico para su realización.

Es bilateral, ya que se desprenden derechos y obligaciones para ambos contratantes, así como concentra obligaciones de dar y de recibir.

Su naturaleza, basados en la historia, en el Antiguo Derecho Romano, nos instruye en que este contrato era principalmente gratuito, así como con el paso del tiempo, paso a ser también oneroso, de esto se desprende el Mutuo Simple y el Mutuo con Interés.

Se considera un contrato oneroso al momento de tener en su contractualidad, estipulado u interés, según plasma el artículo 2393: "Es permitido estipular intereses por el mutuo, ya consista en dinero, ya en género", por cualquier interés será oneroso.

Es un contrato consensual en oposición a real, toda vez que este instrumento jurídico se perfecciona con la simple concertación de las partes, no con la entrega del objeto del contrato, este contrato tendría naturaleza real, si hubiera que entregar la cosa objeto del mismo al momento de la concertación, es decir, en conjunto.

Es un contrato consensual en oposición a formal, por vinculación al artículo 1832 del Código Civil para el Distrito Federal, se obtiene que las partes se obligan en los términos y condiciones que cada una considera para sus fines contractuales, esto a consecuencia que no existe un artículo que tutele la formalidad para este instrumento jurídico.

Por la substanciación del mismo, es un contrato que surtirá efectos por el transcurso del tiempo, será de tracto sucesivo, no podrá ser un contrato de realización instantánea.


El contrato de mutuo contiene estipulaciones claras tales como:

Monto del Mutuo

Interés

Forma y pago del Interés

Cobro de interés sobre interés

Tiempo de la contractualidad, etcétera.

En base a lo anterior se desprende que este contrato es conmutativo, ya que las prestaciones o contraprestaciones son previamente determinadas y especificadas, toda vez que desde el momento de la concertación se estipulan las características del mismo, las bases de negociación.

CLASIFICACIÓN DEL CONTRATO DE MUTUO

El Contrato de mutuo podrá ser de dos tipos:

Mutuo Mercantil

Mutuo Civil

Será mercantil, cuando las cosas o numerario materia del mutuo, se destine a la realización de actos de comercio, por lo que si no es de carácter lucrativo, será civil, es decir, tendremos que analizar las bases de la negociación vinculadas con el fin de ella, con ello obtendremos la materia a regula el instrumento, para ello tenemos el artículo 358 del Código de Comercio:

Código de Comercio

"Artículo 358.- SE REPUTA MERCANTIL EL PRÉSTAMO CUANDO SE CONTRAE EN EL CONCEPTO Y CON EXPRESIÓN DE QUE LAS COSAS PRESTADAS SE DESTINEN A ACTOS DE COMERCIO Y NO PARA NECESIDADES AJENAS DE ÉSTE. SE PRESUME MERCANTIL EL PRÉSTAMO QUE SE CONTRAE ENTRE COMERCIANTES."

El contrato de mutuo, podrá definirse por una parte como préstamo en numerario, y por otra parte como préstamo de cosas fungibles que no sean en dinero, esto según se desprende del artículo 2384 que a la letra dice: "EL MUTUO ES UN CONTRATO POR EL CUAL EL MUTUANTE SE OBLIGA A TRANSFERIR LA PROPIEDAD DE UNA SUMA DE DINERO O DE OTRAS COSAS FUNGIBLES AL MUTUATARIO, QUIEN SE OBLIGA A DEVOLVER OTRO TANTO DE LA MISMA ESPECIE Y CALIDAD."

OBLIGACIONES DEL MUTUANTE

Transmitir el dominio de la cosa

Responder por los vicios ocultos, tal y como plasma el artículo 2390 y que a la letra dice: "El mutuante es responsable de los perjuicios que sufra el mutuatario por la mala calidad o vicios ocultos de la cosa prestada, si conoció los defectos y no dio aviso oportuno al mutuatario", siendo responsable de los daños y perjuicios, teniendo dos acciones para rescindir el contrato, la rescisoria o la quanti minoris.

El artículo 2120 del Código Civil Federal tutela: "Todo el que enajena está obligado a responder de la evicción, aunque nada se haya expresado en el contrato", por lo que para el contrato de mutuo si llegase a privarse del objeto del mismo, por resolución judicial, tendrá que estarse a lo tutelado por los artículos 2125, 2126, vinculados con los artículos 817 y 818 del Código Civil Federal, atendiendo a la mala o buena fe de las partes.

OBLIGACIONES DEL MUTUATARIO

Básicamente son cuatro:

Regresar el objeto del mutuo, ya sea en la misma especie y calidad, ya sea en el numerario, o en cualquiera que haya sido en efectos contractuales. Para los bienes fungibles, deberán por fuerza estos que ser en la forma estipulada y convenida, ya que de no ser así, el MUTUATARIO no se liberará de la obligación hasta satisfacerla, siendo en numerario, deberá entregarse la misma cantidad dad en mutuo, más sus intereses devengados, sea el caso, así como si llegase a ser en moneda extranjera, se atendrá a las bases de negociación y a la voluntad de las partes en el contrato.

El pagar los intereses pactados en la concertación o en el contrato.

Responder de los vicios ocultos de la cosa, aunque no se tenga esa disposición legal en concreto, deberá aplicarse la regla tutelada en el artículo 2142 del Código Civil Federal.


MODELO DE CONTRATO DE MUTUO CON INTERES

Contrato de Mutuo con Interés que celebran, en calidad de MUTUANTE el Sr. XXX XX, y como el MUTUATARIO el Sr. XXX XXXXX, al orden de las siguientes

CLÁUSULAS:

PRIMERA.- El Sr. XXXX XXXXX MUTUANTE, da en mutuo al Sr. XXX XXXXX, la cantidad de $XX,XXX.XX (Cantidad expresada en letra 00/100 M.N), quien la recibe a su entera satisfacción, expidiendo a favor del mutuante por separado el recibo que corresponda.

SEGUNDA.- Se pacta por parte de ambos contratantes, que el MUTUATARIO, regresará la cantidad expresada en la cláusula anterior, cantidad recibida a título de mutuo con interés, al término del presente contrato que será de seis 6 meses, contando estos a partir de la fecha de la firma del mismo.

TERCERA.- El MUTUATARIO se obliga a devolver al mutuante la cantidad recibida en mutuo, más un interés equivalente a la tasa bancaria, que será del XX%, pudiendo pagar dicho interés cada mes o al final del contrato.

CUARTA.- El MUTUATARIO renuncia al beneficio y amparo de los artículos XXXX y XXXX del Código XXXXX para el Estado de XXXXX.

QUINTA.- Se pacta como pena convencional entre las partes por incumplimiento del presente instrumento legal la cantidad de $XX,XXX.XX (Cantidad expresada en letra00/100 M.N.)

SEXTA.- El MUTUATARIO recibe en este momento la cantidad mencionada en la cláusula primera, la que tendrá que devolver en la misma cantidad y especie.

SEPTIMA.- Se conviene expresamente que ambas partes se someterán para la interpretación del presente contrato a los Tribunales en la Jurisdicción de la Ciudad de XXXXXXXX, XXX, por lo que renuncian a cualquier fuero que pudiere corresponderles por domicilio futuro o presente.

Celebrado que fue, estando a _______, del mes de _______________ del año de _______.

Se firma por original en duplicado.

MUTUATARIO

MUTUANTE

_______________

_______________

TESTIGO

TESTIGO

_______________

_______________

jueves, 25 de octubre de 2007

LA OFERTA Y LA DEMANDA

I OFERTA:

1) En economía, oferta se define como la cantidad de bienes o servicios que los productores están dispuestos a ofrecer a un precio y condiciones dadas, en un determinado momento.

Oferta también se define como la cantidad de productos y servicios disponibles para ser consumidos.

Está determinada por factores como el precio del capital, la mano de obra y la mezcla óptima de los recursos mencionados, entre otros.

2) Fuerza del mercado (la otra es la "demanda") que representa la cantidad de bienes o servicios que individuos, empresas u organizaciones quieren y pueden vender en el mercado a un precio determinado.

3) "son las cantidades de una mercancía que los productores están dispuestos a poner en el mercado, las cuales, tienden a variar en relación directa con el movimiento del precio,

Función de la Oferta:

Relaciona la cantidad que se ofrece a los diferentes precios.

Ley de la Oferta:

Siempre y cuando las condiciones no varíen (costo de productos y nivel tecnológico), la cantidad que se ofrezca de un bien en el mercado varía en razón directa de su precio.

Esto quiere decir, si el precio baja, la oferta baja, y ésta aumenta si el precio aumenta".

Tabla y curva de la oferta:


Puntos

Precio

Cantidad ofrecida

a

1

2

b

2

4

c

3

6

d

4

8

e

5

10

f

6

12





















II DEMANDA:

La demanda es cantidad de bienes y servicios que los consumidores desean y están dispuestos a comprar dependiendo de su poder adquisitivo.

es una de las dos fuerzas que está presente en el mercado (la otra es la "oferta") y representa la cantidad de productos o servicios que el público objetivo quiere y puede adquirir para satisfacer sus necesidades o deseos.

La demanda es la cantidad de bienes y/o servicios que los compradores o consumidores están dispuestos a adquirir para satisfacer sus necesidades o deseos, quienes además, tienen la capacidad de pago para realizar la transacción a un precio determinado y en un lugar establecido".

Función de la demanda:

Es la relación que existe entre las diversas cantidades del satisfactor que puedan ser compradas.

Ley de la demanda

Siempre y cuando las condiciones no varíen (ingresos de los consumidores, gustos, precios de los bienes complementarios y sustitutos, distribución del ingreso tamaño de la población, etc), la cantidad que se demande de un bien en el mercado, varía en razón inversa de su precio.

Esto quiere decir, que cuando los precios disminuyen, la cantidad demandada aumenta y cuando los precios aumentan, la cantidad demandada disminuye

Tabla y curva de la demanda:

Una curva de demanda refleja las cantidades de un bien o servicio que los consumidores (compradores) están dispuestos a comprar a los diferentes precios en el mercado de ese bien en particular, es decir, en condiciones `ceteris paribus', o lo que es lo mismo, que sólo se tienen en cuenta el precio del bien y la cantidad demanda, pero ningún otro factor.


Puntos

Precio

Cantidad

a

100

10

b

90

20

c

80

30

d

70

40

e

60

50

f

50

60






















III DEFINICIÓN Y TIPOS DE:

Salarios:

1) En economía, precio pagado por el trabajo. Los salarios son todos aquellos pagos que compensan a los individuos por el tiempo y el esfuerzo dedicado a la producción de bienes y servicios.

2) El salario o remuneración, es el pago que recibe en forma periódica un trabajador de mano de su empleador a cambio del trabajo para el que fue contratado. El empleado recibe un salario a cambio de poner su trabajo a disposición del empleador, siendo éstas las obligaciones principales de su relación contractual.

Tipos de Salario:

Salario individual:
Ingresos que recibe una persona por el alquiler o renta de su fuerza de trabajo

Salario total:
Conjunto de los ingresos de todos los asalariados e un país en un periodo determinado.

Salario nominal:
Cantidad de dinero que recibe el trabajador por su fuerza de trabajo.

Salario real:
Cantidad de mercancías y servicios que realmente se pueden obtener con la cantidad de dinero que se recibe

Salario base:
Cantidad de dinero que recibe el trabajador por su trabajo y que se encuentra especificada en un tabulador

Salario mínimo:
El salario de menor cantidad que la ley permite pagar a un trabajador

Salario por tiempo:
Es el que se calcula sobre las bases de unidades de tiempo.

Salarios por obra determinada:
Es el que se calcula sobre la base de la terminación de un trabajo especifico.

Salario relativo:
Porción que recibe el trabajador directo por su trabajo en comparación a la parte que recibe el capitalista.

Salario máximo:
Es aquel que puede obtener un trabajador como tope previamente establecido por la empresa u organización.

Salario promedio:
Conjunto de los ingresos de todos los asalariados, dividido entre el número de trabajadores.

Salario contractual:
Es aquel que esta determinado en el contrato colectivo de trbajo.

Capital:

El capital es la potencia económica, que lo domina todo, de la sociedad burguesa. Debe constituir el punto de partida y el punto de llegada (Marx, 1984b, p. 28).

Desde el punto de vista empresarial el capital está constituido por un conjunto de valores o fondo unitario que integran todos los bienes invertidos en una empresa que se utilizan para la producción y, por lo tanto, para la obtención de rentas y ganancias. El capital, en este sentido, es un factor de producción que, junto con la tierra y el trabajo, resulta indispensable para el desarrollo de las actividades productivas. Desde un punto de vista financiero se considera capital a todos los activos que posea una empresa, persona o institución y sobre los cuales se obtenga o pueda obtenerse una renta.

Tipos de capital


Capital constante:

Comprende los bienes durables tales como edificios, maquinarias e instalaciones de diverso tipo. El valor de este capital no cambia durante el proceso de producción.

Capital variable:

Consiste en dinero destinado al pago de salarios y a otros usos semejantes, stocks de materias primas, bienes en proceso y componentes que son usados más rápidamente. El valor de este capital se incrementa durante el proceso de producción.

Renta:

Es el pago hecho por el uso de la tierra especialmente con fines agrícolas. También se llama renta al ingreso de quienes poseen obligaciones de los empréstitos del Estado.

Tipos de renta:

Renta absoluta:
Parte del excedente del cual se apropian los terratenientes, únicamente por ser dueños de la tierra. Se obtiene de todos los tipos de tierra, independientemente de su fertilidad y su situación con respecto de los mercados de productos agrícolas.

Renta diferencial:
Es la que obtienen los terratenientes que poseen tierras de mejor calidad que otras y que emplean trabajo más productivo que otras.

Interés:

Es el precio o recompensa a pagar por la disposición de capitales ajenos durante un determinado periodo de tiempo. Evidentemente, este precio va a depender, en primer lugar, de la cuantía del capital dispuesto y de la amplitud del intervalo de tiempo durante el cual se va a disponer
de este capital.

Tipos de Interés.

Interés a corto plazo:
El que se recibe por un crédito que no excede de un año, auque puede ser de menor tiempo

Interés a largo plazo:
El que se recibe por créditos que pasan de un año

Interés nominal:
Es el que se dice que se cobra por determinado crédito

Interés efectivo:
Es el que realmente se cobra.

Interés simple:
Es el que se cobra por el uso del capital en un periodo determinado.

Interés compuesto:
Es el que existe cuando los interese no se cobran al final de cada periodo convenido, sino que se acumula y se siguen dejando en calidad de prestamo para generar mayores intereses.

Ganancia:

El resultado de un período es la variación producida en el patrimonio del ente no originada en operaciones con los propietarios (aportes y retiros)La palabra también sirve para designar, en un sentido más concreto, la diferencia entre el precio al que se vende un producto y el costo del mismo.
La ganancia es el objetivo básico de toda empresa o firma que debe hacer uso, por lo tanto, de la combinación óptima de factores productivos para reducir sus costos lo más posible, atrayendo a la vez a los demandantes de los bienes o servicios que produce para vender éstos al mayor precio obtenible.

De acuerdo con la producción:

Ganancia industrial:
Es aquella que obtienen los capitalistas que tienen su inversión en alguna rama del sector industrial.

Ganancia comercial:
Es aquella que obtienen los capitalistas que tienen su inversión en la esfera comercial. Es la diferencia entre precio de compra y precio de venta.

De acuerdo con su monto

Ganancia mínima:
Es aquella que obtienen ciertos capitalistas y que les permite continuar como tales. Más debajo de ese mínimo los capitalistas no estarían dispuestos a invertir.

Ganancia media:
Promedio o cuota general de ganancia que obtienen los capitalistas al invertir igual cantidad de capital.

Ganancia extraordinaria:
Es la que obtienen algunos capitalistas encima de la ganancia media. Surge de la propia competencia con el desarrollo de los monopolios

Ciclos Económicos:

Se llaman ciclos económicos a las fluctuaciones de la actividad global, caracterizada por la expansión o la contracción simultánea de la producción en la mayoría de los sectores.

Una definición más actual del ciclo económico es aquélla que dice que hay ciclos económicos cuando el producto nacional observado aumenta en relación al producto potencial -que es la producción que alcanzaría un país si todos los recursos estuvieran empleados plenamente- (una expansión) o disminuye en relación a él (contracción o recesión).

El comportamiento cíclico de la actividad económica se puede medir con muchas magnitudes no sólo con la producción nacional, sino también con la tasa de inflación, la tasa de desempleo, el número de quiebras, la creación de negocios, la medida del déficit público, etc.

Los ciclos económicos no son idénticos, tanto en lo que se refiere a su duración como a la intensidad; pero estos movimientos, que en principio parecen erráticos, se pueden descomponer en movimientos que constituyen una sucesión de fases ascendentes y descendentes.

Fases del Ciclo económico

DEPRESIÓN CRISIS:

Es el punto más bajo del ciclo, se caracteriza por un alto nivel de desempleo y una baja demanda de los consumidores en relación con la capacidad productiva de bienes de consumo. Los precios bajan o permanecen estables. Los beneficios empresariales descienden e incluso muchas empresas incurren en pérdidas.

En las últimas décadas se ha dado el fenómeno de inflación con estancamiento, que se produce cuando coexisten la inflación y una situación de recesión de la actividad económica.

RECUPERACIÓN O EXPANSIÓN:

Es la fase ascendente del ciclo, allí se produce una renovación del capital que tiene efectos multiplicadores sobre la actividad económica generando una fase de crecimiento económico y por tanto de superación de la crisis.


AUGE:

Es el punto álgido de la fase de recuperación, determina el momento en el que bien por la existencia de rigideces o bien por haber alcanzado el pleno empleo en la fase anterior se interrumpe el crecimiento de la economía.

RECESIÓN:

Es la fase descendente del ciclo en la que se produce una caída importante de la inversión, la producción y el empleo. La recesión puede producirse de forma suave o abrupta. En este último caso hablamos de crisis.

El proceso se complica cuando un elevado número de empresas entra en quiebra y arrastra a los proveedores pudiendo llegar en algunos casos a lo que normalmente denominamos crisis.

sábado, 20 de octubre de 2007

OFERTA Y DEMANDA

Definición de oferta:
Es la cantidad de bienes y servicios que los productores colocan en el mercado a un precio dado en un periodo de tiempo establecido.

EL MERCADO Y SU CLASIFICACIÓN

Mercado:

Es el conjunto de transacciones que reúnen a oferentes y demandantes de bienes y servicios que se ponen de acuerdo en el precio.

Elementos del mercado.
] Oferta
] Demanda
] Bienes y servicios
] Precio

Clasificación del mercado.

1.-De acuerdo con su área geográfica:
A) Mercado local:
Es aquel que está condicionado a un área geográfica muy pequeña la localidad
B) Mercado regional:
Es aquel que abarca varias localidades integradas en una región geográfica o económica
C) Mercados Nacionales:
Es aquel que integra la totalidad de las transacciones comerciales internas que se realizan en un país también mercado interno.
D) Mercado Mundial:
Es el conjunto de transacciones comerciales internacionales (entre países) forman el mercado mundial. También se le llama mercado internacional o mercado globalizado.
2.-De acuerdo con lo que se ofrecen
A) De mercancías:
Cuando en el mercado se ofrecen bienes producidos específicamente para venderlos; por ejemplo, mercado de calzado, de ropa, del café, etc.
B) De servicios:
Son aquellos en que no se ofrecen bienes producidos sino servicios; el mas importante es el mercado de trabajo.
De acuerdo con el tiempo de formación del precio
A) De oferta instantánea:
En este tipo de mercado el precio se establece rápidamente y está determinado por el precio de reversa (último precio al cual vendería el ofertánte)
B) A corto plazo:
En este mercado el precio no se establece rápidamente y se encuentra determinado en gran parte por los costos de producción. La empresa puede variar la proporción en que emplea sus recursos pero no todos. En este tipo de mercado tambien se incluye el de mediano plazo, con las mismas características que el mercado corto.
C) A largo plazo:
El precio se establece lentamente y esta determinado en buena medida por los costos de producción
3.-De acuerdo con la competencia
A) De competencia o de mercado perfecto:
Situación en el mercado en la cual existen muchos oferentes y muchos demandantes de bienes y servicios
B) De competencia o de mercado imperfecto:
Situación en el mercado en la que existen uno o dos oferentes del bien o servicio y un demandante que controla a los oferentes. En esta situación se presentan:
i) Monopolio
Situación en el mercado en la que existe un oferente del bien o servicio. Al ser el único el controla la calidad, cantidad y precio
ii) Duopolio:
Situación en el mercado en la que existen 2 oferentes del bien o servicio. Generalmente se esta peleando el mercado
iii) Oligopolio:
Situación en el mercado en la que existen de 3 a 15 oferentes
iv) Monopsonio:
Situación en el mercado en la que existe un demandante que controla a los oferentes
4.- Otros tipos de mercado
A) Mercado de trabajo:
Conjunto de la oferta y la demanda de mano de obra.
B) Mercado de capitales:
Es el conjunto de la oferta y ala demanda de capitales que se mueven a travéz del sistema financiero. Puede ser mercado nacional o internacional de capitales.
C) Mercado de dinero:
Conjunto de la oferta y la demanda de dinero que se mueve a través de los diferentes instrumentos del sistema bancario.
E) Mercado a futuro:
Relación que existe entre compradores y vendedores para realizar transacciones que se concentran en compraventa futura de bienes. Estas operaciones se realizan para evitar la inestabilidad y fluctuaciones de precios. Por ejemplo, el futuro del café el cacao el azúcar o de divisas
D) Mercado de divisas:
Conjunto de compradores y vendedores de monedas extranjeras en un pais.
F) Mercado informal:
Está formado por el comercio ambulante, puestos callejeros y compradores de los productos y servicios que se expenden en ellos.
G) Mercado negro
Es donde se ofrecen y demandan bienes escasos
H) Mercado ilegal
Se ofrecen y demandan artículos prohibidos por la ley